martes, 7 de junio de 2011

Los presidentes de mesa cobrarán entre $200 y $700 en las elecciones




Los ciudadanos marplatenses que ejerzan como presidentes de mesa en las elecciones nacionales cobrarán entre 200 y 700 pesos, según si realizan o no los cursos de capacitación y dependiendo de la cantidad de comicios en los que cumplan efectivamente con esa obligación.

Los montos, que ya habían sido anticipados por el ministro del Interior, Florencio Randazzo, fueron oficializados con su publicación en el Boletín Oficial. Según indica la resolución 492 de la cartera política, los viáticos de los presidentes de mesa implicarán, en total y como máximo, un gasto de 161,61 millones de pesos.

El Gobierno pagará 500 pesos a los ciudadanos que sean presidentes de mesa en las internas abiertas, obligatorias y simultáneas del 14 de agosto y también en las elecciones nacionales del 23 de octubre, siempre y cuando hayan asistido a las capacitaciones previas de la Justicia Electoral.

Si son autoridades de mesa en los dos comicios pero no hacen los cursos, cobrarán 400 pesos. Y si por algún motivo se ausentan de una de esas elecciones, recibirán la mitad de los viáticos: 250 si hicieron la capacitación y 200 si no la hicieron.

Además de esos entre 200 y 500 pesos, la resolución también establece el pago de 200 pesos para quienes concurran como presidentes de mesa al eventual balotaje presidencial de noviembre. Para quienes les toque cumplir con esa obligación ciudadana y quieran efectivamente cobrar los viáticos, una advertencia: no podrán reclamarlos después de dos años.

Para despejar las dudas que se generan en cada elección, LA CAPITAL ofrece una serie de respuestas a las preguntas más usuales:

- ¿Es obligatorio ser presidente de mesa si un ciudadano es convocado?

- Sí. Las excusaciones sólo pueden realizarse hasta tres días después de la notificación. Cumplido ese plazo, las excusaciones deben ser por motivos sobrevinientes que serán analizados por la Junta Electoral. En caso de enfermedad, la persona debe obtener un certificado médico oficial.

- ¿Cuál es el castigo si el ciudadano no se presenta?

- La ley prevé penas de entre seis meses y dos años de prisión para los que no justifiquen su ausencia como autoridad de mesa. Sin embargo, en las últimas elecciones, la Justicia no fue estricta en la aplicación de sanciones.

- ¿Si falta el presidente de mesa lo reemplaza la primera persona que se presenta a votar?

- No es lo que dice la ley. En realidad, el Código establece que las fuerzas de seguridad deben avisar a la Junta Electoral para que designe un reemplazante. Sin embargo, en muchos casos se suele designar a algunas de las personas que están presentes en el lugar de votación.

- ¿Los presos pueden votar?

- Sólo si están cumpliendo prisión preventiva. No pueden hacerlo los que purgan condena -incluso condicional- por delitos penales dolosos o por violaciones de las leyes de juegos prohibidos. Tampoco pueden hacerlo los que están rebeldes en alguna causa penal.

- ¿Quiénes no pueden votar?

- Los dementes (declarados en juicio) y los sordomudos que no sepan darse a entender por escrito.

- ¿Cómo hacen para votar los ciegos?

- Los no videntes serán acompañados por el presidente y los fiscales que quieran hacerlo, que se retirarán cuando el ciudadano haya comprobado la ubicación de las distintas boletas y quede en condiciones de practicar a solas la elección.

- ¿Qué pasa si faltan boletas?

- El votante debe avisar al presidente de mesa, diciendo solamente que "faltan boletas", sin mencionar ningún partido.

- ¿Qué pasa si en el horario de la votación el ciudadano tiene que trabajar?

- Los ciudadanos tienen derecho a obtener una licencia especial para ir a votar, sin posibilidad de que se les descuente el día.

- ¿Cómo inscribirse para ser autoridad de mesa?

- Todo aquel que quiera anotarse puede hacerlo hasta 10 días antes de las elecciones en la secretaría electoral de su distrito. Los graduados también pueden anotarse en la página de Internet del Poder Judicial (www.pjn.gov.ar). Los estudiantes podrán hacerlo en su universidad o instituto terciario.

- ¿Todo aquel que se ofrezca será designado autoridad de mesa?

- No. El sistema de voluntarios es supletorio: los jueces sólo recurrirán a la lista si tienen dificultades para constituir las mesas con aquellas autoridades designadas por el Estado, que tienen la carga pública de presentarse. La Justicia advirtió que para aquel que reciba el telegrama que lo designa autoridad de mesa, sigue siendo obligatorio presentarse. Para quien falta sin justificativo, la ley prevé penas que pueden llegar incluso a la prisión.

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