
Los bares y restaurantes ubicados en la provincia de Buenos Aires deberán incluir en sus cartas de menú la leyenda “el consumo excesivo de sal es perjudicial para la salud” y tendrán también la obligación de poner a disposición de los clientes sal dietética con bajo contenido de sodio. La norma prevé multas que van desde 300 a 5 mil pesos para quienes no cumplan, previa advertencia de la autoridad de aplicación, y la inhabilitación del establecimiento hasta 180 días en caso de reincidencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario